La Telemedicina como modo de garantía del ejercicio de un derecho humano

Por: María Isabel Iñigo PetralandaPaula Eugenia Kohan

Este artículo intenta visibilizar la Telemedicina como una herramienta tecnológica de información y comunicación capaz de garantizar el acceso a la asistencia sanitaria oportuna, cuando la distancia en el encuentro de las partes es un factor crítico. El lector podrá pensar que nada es comparable a recibir asistencia personalizada, es decir, al encuentro antropológico deseable para una alianza terapéutica, posición que las autoras adherimos sine quanon. Pero aquí la cuestión es más compleja, ya que la distancia geográfica imperante y la oportunidad de oferta asistencial ponen en jaque el acceso equitativo del paciente en términos de justicia.

Dicho lo anterior, y en consonancia con el Bloque de los Derechos Humanos donde la dignidad de la persona humana cobra el lugar de bien esencial sosteniendo la atención oportuna, corresponde poner en valor una herramienta tecnológica como la Telemedicina que se aproximará a la tan deseable asistencia sanitaria personal.     

Corresponde hacer algunas precisiones acerca del marco teórico de la Telemedicina, tal como lo expresa el Marco de Implementación suscripto por la OPS que define en distinción a la Telesalud y la Telemedicina, siendo la primera una herramienta de interacción directa o indirecta con proveedores de atención médica, pacientes, o ciudadanía. Para la segunda, se reserva al acto de servicios de atención médica directa. Resulta claro la particularidad de la Telemedicina y su potencial de suplir el encuentro antropológico frente a cualquier otra forma de Telesalud que denota una mirada más amplia [1]. En este sentido, resulta necesario pensar a la Telemedicina como la protagonista de las estrategias y programas de transformación digital que se implementan en el sector sanitario de la región, tal es el caso del uso de esta herramienta en ocasión de la Covid-19 donde el encuentro estaba limitado por el peligro de contagio, y la oferta de personal sanitario adicional al existente de la distancia. El progreso a diferencia del desarrollo, que alcanza solo a las tecnologías y a las economías, integra a la persona en su entorno social, económico, político, educativo y sanitario. Corresponderá en este sentido, asegurarnos que existe una mirada contemplativa a la No Discriminación, Disponibilidad, Accesibilidad, Aceptabilidad, Calidad y Universalidad [2] de la asistencia que esta tecnología de la Telemedicina media para garantizar.

De la cuestión general pasaremos al caso particular que motiva como ejemplo, y es el caso del uso de la tecnología de Telemedicina en la Provincia de La Pampa, República Argentina, una provincia con ciertas características geográficas y poblacionales que la convierten en una especial candidata para el desarrollo de la telemedicina. Sin intención de aburrir al lector, las cifras que mencionaremos a continuación darán una idea de lo que la distingue de la urbana Ciudad de Buenos Aires a tan solo 612,8 Kms de Santa Rosa capital de La Pampa. La Provincia de La Pampa ocupa el 8° lugar en términos de superficie de las 24 Provincias de la Argentina [3], pero tiene el puesto número 22 en cuanto a los habitantes que posee por km2 ya que tiene 2,2 habitantes por km2 distribuidos en 143,440 km (para que se comprenda el contraste de densidad poblacional que esta provincia tiene con la ciudad Autónoma de Buenos Aires, les contamos que esta última tiene 14.450 hab. por km2[4], frente a los 2,2 de La Pampa). Ya podrá el lector vislumbrar cuán atractiva es la oferta de alta complejidad en geografías con mayor densidad poblacional, donde ocurre normalmente la asistencia, la docencia, y la investigación, condiciones necesarias para una atención segura, eficiente, efectiva y sostenible.

Existen tres proyectos de Telemedicina en la Provincia de la Pampa identificados: Ojo Pampa , un exitoso programa de lucha contra la ceguera por diabetes; Proyecto Código Infarto,  Red de atención del infarto agudo de miocardio que genera una nueva calidad de respuesta frente al contingente de la patología, muerte o  de serios daños derivados de la demora atencional; y Cardio 365 una propuesta del Modelo Integral de Salud que  ofrece a los equipos de salud del primer nivel de atención la posibilidad de acceder rápidamente a la consulta especializada ante situaciones de urgencias/emergencias cardiológicas.

Es una realidad inescrutable de los países de nuestra región, que las poblaciones rurales tienen mayor dificultad de acceso a los servicios de salud que las poblaciones urbanas. Las comunidades rurales suelen tener acceso a médicos generales o algún servicio de enfermería local, pero no siempre tienen la posibilidad de acceder a servicios de mayor complejidad y controles médicos periódicos derivados de la misma, a diferencia de lo que sucede en las poblaciones urbanas, en donde la oferta de salud y el capital humano es mayor, variado y especializado para llevar a cabo la prestación sanitaria en términos de calidad y justicia. En este contexto, la Telemedicina resulta una respuesta asertiva para brindar un servicio de salud eficiente, seguro y oportuno a las poblaciones rurales, logrando así disminuir la brecha urbano-rural.

Acceder a un servicio de salud de manera oportuna, es un diferencial de oportunidad en el proyecto vital de una persona, ya que puede evitar la complejización de una enfermedad o la muerte.

Como decía Hipócrates al referirse a lo deseable de sanar en términos de salud: “Sanar es una cuestión de tiempo, pero a veces también es cuestión de oportunidad”. Va de suyo que existe una carga moral en generar contextos favorecedores de la atención al servicio de la persona y eso es la telemedicina.

Si la persona humana es el bien a proteger, las políticas públicas deben adecuar su estrategia a sostener implementaciones tecnológicas capaces de neutralizar inequidades del acceso a la salud. Es en el ejercicio de políticas virtuosas donde los estados interactúan con sectores públicos y privados de la sociedad, para lograr una transformación solidaria, inclusiva y responsable capaz del uso tecnológico para el progreso de la humanidad.  

Podemos concluir que la Telemedicina en su ejercicio y su implementación operativa, logra el adecuado balance entre la supervaloración de la innovación disruptiva y la oportunidad de acceso efectivo y oportuno a un derecho tan esencial como el de la salud.

Si la persona es el bien a proteger, la telemedicina ha encontrado su razón.

1.https://iris.paho.org/handle/10665.2/284132 2.https://www.oas.org/en/sedi/pub/indicadores_progreso.pdf

3.https://www.ign.gob.ar/NuestrasActividades/Geografia/DatosArgentina/DivisionPolitica

4. https://sig.indec.gov.ar/censo2010/

María Isabel Iñigo Petralanda es Abogada, Bioeticista y experta en Transformación Digital de la SaludPaula Eugenia Kohan es Abogada Civilista con Especialización en Derecho y Tecnologías Innovadoras.  María Isabel y Paula coordinan la Comisión de ética, privacidad y seguridad de la información en el uso de datos de salud de la Red Centroamericana de Informática en Salud – RECAINSA.

Las opiniones expresadas en este artículo son responsabilidad exclusiva del autor y no reflejan necesariamente la opinión de la Junta Directiva y del Equipo Coordinador de la Red Centroamericana en Informática en Salud.

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